domingo, 15 de septiembre de 2013

AMENAZAS EN TWITTER

Saludos mentes inquietas. Retomo la actividad en el blog, después de este breve parón veraniego y lo hago con una noticia tan triste como inquietante. En el día de hoy una joven estudiante estadounidense se ha suicidado. El desencadenante de este hecho parece haber sido la presión social a la que era sometida la joven tanto en la escuela como por las redes sociales. Dicho esto me planteo dos cuestiones:

¿Qué podían haber hecho los padres? La respuesta se me antoja clara, mucho. Al menos lo necesario para haber evitado el funesto resultado. Según las informaciones facilitadas, la menor había tenido que recibir atención médica, así que tanto las instituciones locales como sus progenitores tenían constancia de lo que ocurría. Llegado un punto tan extremo lo razonable hubiera sido no permitir a la menor el acceso a las redes sociales, fuente de las amenazas e insultos de sus compañeros y cambiarla de colegio, si la directiva del mismo era incapaz de solucionar el problema.

Mucha gente se piensa que el problema del acoso escolar es cosa de niños y no lo valoran en su justa medida. La pasividad ante estos hechos puede resultar fatal en un mundo extremadamente conectado, donde todos los pormenores de la vida de un individuo son compartidos en redes de alcance mundial y donde los frentes por los que uno puede recibir insultos, amenazas y otras consideraciones son demasiado amplios.




Me parece oportuno llamar la atención sobre la necesidad de la regulación parental del mundo socio-digital de los menores, ya que si no son capaces de autogestionarse y responder adecuadamente a los ataques que pueda proferirle cualquier desalmado, se está permitiendo la exposición del menor a un gran peligro, el peligro del silgo XXI. Por tanto la protección parental debe evolucionar y las redes sociales deben tomar cartas en el asunto, cuidando a los usuarios más vulnerables.

¿Qué uso le damos a las redes sociales y qué dice la ley al respecto? En muchas ocasiones, la naturaleza humana hace un alarde destructivo que se manifiesta de muy diversas formas. Las redes sociales sirven hoy en día, como las capas en el siglo XVI, para ocultar a delincuentes en potencia que muchas veces, por mera diversión, atacan a individuos más vulnerables. La atalaya de lo anónimo desde donde se mueven les hace creerse en poder de destruir a quien se ponga por delante.

Jurídicamente nos podríamos remitir al artículo 169 del Código Penal, artículo que trata sobre las amenazas (desempolvad el código y echadle un vistazo). Como ya sabéis no soy partidario de un Derecho Penal intrusista pero la regulación existente no sirve para nada en relación a las amenazas por twitter u otras redes sociales.

La jurisprudencia española exige, a grandes rasgos, que las amenazas sean posibles y afecten a la vida del receptor. Dicho esto intentar convertir en delito que un imbécil te diga en tu twitter "voy a matarte" se torna un tanto difícil. Dicho esto no creo que la respuesta más efectiva esté en los órganos jurisdiccionales sino en nuestro sentido común. Si alguien te molesta bloquéale, utiliza las herramientas de la red social para denunciar y no prestes atención a lo que te quieran decir, recordad que si los tontos volaran no veríamos el cielo y la vida está por encima de cualquier comentario.